Se amplia el plazo de subsanación de trámite de audiencia
Se amplia el plazo de subsanación hasta el día 08 de enero 2021
Con fecha del 15 de diciembre de 20 20 se procedió a publicar en la página web del Grupo de Acción Local del Sector Pesquero de Granada el requerimiento de subsanación documental, junto a su anexo, previo a la propuesta definitiva de resolución de concesión de ayudas de la convocatoria de 20 19/2020.
Para la cumplimentación del Requerimiento de subsanación documental se concedió a las personas o entidades solicitantes un plazo de 10 días. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el cómputo de dicho plazo se inicia el día 16 de diciembre de 2020, finalizando el mismo el día 30 de diciembre de 2020.
Visto lo estipulado en el articulo 32 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Y teniendo en cuenta que las circunstancias lo aconsejan y con ello no se van a perjudicar derechos de terceros, y una vez informada la Directiva del Grupo y consultado el Servicio de Desarrollo Pesquero.
Se amplia el plazo de subsanación hasta el día 08 de enero 2021